PREÁMBULO
Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social; declaramos nuestra voluntad de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de nuestra libre determinación adoptamos y proclamamos la siguiente
CONSTITUCIÓN
- Título I - De la Nación, del Estado, de su Gobierno y de sus Principios Fundamentales
- Capítulo 1 - De la Nación, de su Soberanía y de su Gobierno
- Capítulo 2 - Del Estado Social y Democrático de Derecho
- Capítulo 3 - Del Territorio Nacional
- Sección 1 - De la Conformación del Territorio Nacional
- Sección 2 - Del Régimen de Seguridad y Desarrollo Fronterizo
- Sección 3 - De la División Político Administrativa
- Capítulo 4 - De los Recursos Naturales
- Capítulo 5 - De la Población
- Sección 1 - De la Nacionalidad
- Sección 2 - De la Ciudadanía
- Sección 3 - Del Régimen de Extranjería
- Capítulo 6 - De las Relaciones Internacionales y del Derecho Internacional
- Sección 1 - De la Comunidad Internacional
- Sección 2 - Representantes de Elección Popular ante Parlamentos Internacionales
- Capítulo 7 - Del Idioma Oficial y los Símbolos Patrios
- Título 2 - De los Derechos, Garantías y Deberes Fundamentales
- Capítulo 1 - De los Derechos Fundamentales
- Sección 1 - De los Derechos Civiles y Políticos
- Sección 2 - De los Derechos Económicos y Sociales
- Sección 3 - De los Derechos Culturales y Deportivos
- Sección 4 - De los Derechos Colectivos y del Medio Ambiente
- Capítulo 2 - De las Garantías a los Derechos Fundamentales
- Capítulo 3 - De los Principios de Aplicación e Interpretación de los Derechos y Garantías Fundamentales
- Capítulo 4 - De los Deberes Fundamentales
- Capítulo 1 - De los Derechos Fundamentales
- Título III - Del Poder Legislativo
- Capítulo 1 - De su Conformación
- Sección 1 - Del Senado
- Sección 2 - De la Cámara de Diputados
- Capítulo 2 - De las Disposiciones Comunes a Ambas Cámaras
- Capítulo 3 - De las Atribuciones del Congreso Nacional
- Capítulo 4 - De la Formación y Efecto de las Leyes
- Capítulo 5 - De la Rendición de Cuentas al Congreso
- Capítulo 6 - De la Asamblea Nacional y de la Reunión Conjunta de Ambas Cámaras
- Capítulo 1 - De su Conformación
- Título IV - Del Poder Ejecutivo
- Capítulo 1 - Del Presidente y Vicepresidente de la República
- Sección 1 - Disposiciones Generales
- Sección 2 - De las Atribuciones
- Sección 3 - De la Sucesión Presidencial
- Sección 4 - Disposiciones Especiales
- Capítulo 2 - De los Ministerios
- Sección 1 - Del Consejo de Ministros
- Capítulo 3 - De la Administración Pública
- Sección 1 - De los Organismos Autónomos y Descentralizados del Estado
- Sección 2 - Del Estatuto de la Función Pública
- Sección 3 - De los Servicios Públicos
- Sección 4 - De la Responsabilidad Civil de las Entidades Públicas, sus Funcionarios o Agentes
- Capítulo 1 - Del Presidente y Vicepresidente de la República
- Título V - Del Poder Judicial
- Capítulo 1 - De la Suprema Corte de Justicia
- Capítulo 2 - Del Consejo del Poder Judicial
- Capítulo 3 - De la Organización Judicial
- Sección 1 - De las Cortes de Apelación
- Sección 2 - De los Juzgados de Primera Instancia
- Sección 3 - De los Juzgados de Paz
- Capítulo 4 - De las Jurisdicciones Especializadas
- Sección 1 - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Sección 2 - Jurisdicciones Especializadas
- Capítulo 5 - Del Ministerio Público
- Sección 1 - De la Integración
- Sección 2 - De la Carrera del Ministerio Público
- Sección 3 - Del Consejo Superior del Ministerio Público
- Capítulo 6 - De la Defensa Pública y la Asistencia Legal Gratuita
- Título VI - Del Consejo Nacional de la Magistratura
- Título VII - Del Control Constitucional
- Título VIII - Del Defensor del Pueblo
- Título IX - Del Ordenamiento del Territorio y de la Administración Local
- Capítulo 1 - De la Organización del Territorio
- Capítulo 2 - De la Administración Local
- Sección 1 - De las Regiones y las Provincias
- Sección 2 - Del Régimen de los Municipios
- Sección 2 - Mecanismos Directos de Participación Local
- Capítulo 3 - De la Gestión Descentralizada
- Título X - Del Sistema Electoral
- Capítulo 1 - De las Asambleas Electorales
- Capítulo 2 - De los Órganos Electorales
- Sección 1 - De la Junta Central Electoral
- Sección 2 - Del Tribunal Superior Electoral
- Capítulo 3 - De los Partidos Políticos
- Título XI - Del Régimen Económico y Financiero y de la Cámara de Cuentas
- Capítulo 1 - Del Régimen Económico
- Sección 1 - Principios Rectores
- Sección 2 - Del Régimen Monetario y Financiero
- Capítulo 2 - De las Finanzas Públicas
- Sección 1 - Del Presupuesto General del Estado
- Sección 2 - De la Planificación
- Sección 3 - De la Tributación
- Capítulo 3 - Del Control de los Fondos Públicos
- Sección 1 - De la Contraloría General de la República
- Sección 2 - De la Cámara de Cuentas
- Capítulo 4 - De la Concertación Social
- Capítulo 1 - Del Régimen Económico
- Título XII - De las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional y de la Seguridad y Defensa
- Capítulo 1 - De las Fuerzas Armadas
- Capítulo 2 - De la Policía Nacional
- Capítulo 3 - De la Seguridad y Defensa
- Título XIII - De los Estados de Excepción
- Título XIV - De las Reformas Constitucionales
- Capítulo 1 - De las Normas Generales
- Capítulo 2 - De la Asamblea Nacional Revisora
- Título XV - Disposiciones Generales y Transitorias
- Capítulo 1 - Disposiciones Generales
- Capítulo 2 - De las Disposiciones Transitorias
DISPOSICIÓN FINAL
Disposición final: Esta Constitución entrará en vigencia a partir de su proclamación por la Asamblea Nacional y se dispone su publicación íntegra e inmediata.
DADA Y PROCLAMADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en el Palacio del Congreso Nacional, sito en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, hoy día veintiséis (26) del mes de enero del año dos mil diez (2010); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
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